Comienza: 16 de septiembre de 2026 11:00
El Juzgado de Civil y Comercial N° 4, del Departamento Judicial Junín, a cargo de la Dra. Patiño María
Fabiana Juez, Secretaría Única, hace saber en autos caratulados "Toyota Compañía Financiera de Argentina SA c/Duran
Alberto Alejandro s/Ejecución Prendaria", Expte. N° 12181-2025, que el Martillero Público Pablo Adrian Paleta, T° 8 F° 889,
CUIT 20-24550245-2, con domicilio real en calle Bdo. de Irigoyen N° 70 de la ciudad de Junín (B) y domicilio constituido
electrónico 20245502452@cma.notificaciones, te. 02364-593308, e-mail propiedadespablopaletta@gmail.com, rematará
con fecha de publicación virtual 26/08/2026 a las 11 hs., FECHA INICIO 16/09/2026 A LAS 11 HS., FECHA FINALIZACIÓN
29/09/2026 A LAS 11 HS. Al contado, y al mejor postor, automotor tipo sedán cuatro puertas, marca Peugeot, modelo 207
Compact XT 1.6, motor Peugeot N° 10DBUY0010225, chasis Peugeot N°9362NN6AUAB007189, dominio IDQ 672, en el
estado en que se encuentra; Exhibición del bien 03 y 04 /09/2026 de 11 a 13 hs. en calle Jorge Newbery 83 de la localidad
de Junín; fecha máxima acreditación postores 11/09/2026 a las 11 hs. Base $3.600.000 por debajo del cual no se adjudicará el bien. Depósito en garantía: Para participar en la subasta se exige que los interesados depositen en garantía
con una antelación mínima de 3 días antes del inicio de la puja, mediante depósito y/o transferencia bancaria a cuenta
judicial de autos es la número 0546307/8, CBU 0140301327666254630782. El CUIT vinculado a la cuenta judicial es el N°
30-70721665-0, del Banco dela Provincia de Buenos Aires, Sucursal Junín, perteneciente a estos actuados, la suma
suscripta es de $180.000 (equivalente al 5 % sobre el valor de la base de la subasta. La puja de los oferentes deberá ser
por tramos que se incrementará un 5 % sobre el valor de la base de subasta. Compra en comisión: Se autoriza puja en
comisión, al momento de la puja deberá individualizar a su comitente quienes deberán estar inscriptos en registro subastas
judiciales. Depósito de garantía, al solicitar la exención del depósito de garantía el ejecutante deberá -además de completar
el formulario de inscripción en la página web de la SCBA- presentar en la seccional correspondiente el testimonio de la
resolución judicial que lo exime del depósito en garantía, sustitutivo del comprobante de pago del depósito (art. 22 Ac.
3604/12 SCBA -según texto Ac. 3731-). Los fondos de quien no resultare adjudicatario -y no hubiere hecho reserva de
postura-, deberán ser devueltos al oferente respectivo, y no podrán ser gravados por impuesto o tasa alguna (art. 562 del
CPCC). Celebrada la audiencia a que refiere el acápite siguiente, se procederá a la devolución del depósito en garantía -
sin retención ni gravamen alguno-, de aquellos que hicieren reserva de posturas. Acta de adjudicación: Se celebrará el día
29/10/2026 a las 11 hs. en la sede del juzgado, sito en calle Álvarez Rodríguez N° 141 de la ciudad de Junín, debiendo
concurrir el adjudicatario munido del formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito en garantía,
constancia de código de postor, y demás instrumentos que permitan su individualización fehaciente como comprador en la
subasta electrónica y el depósito correspondiente al 20 % del precio de compra en concepto de seña. Queda prohibido la
cesión del acta de adjudicación. En el mismo acto, constituirá domicilio dentro del radio del Juzgado a los efectos legales
pertinentes. Fíjase para el martillero comisión del 8 %, más 10 % aportes y porcentaje de IVA si correspondiere. Saldo de
precio: Deberá ser abonado al quinto (5) día de aprobada la subasta que será notificada en la dirección electrónica, bajo
apercibimiento de considerarlo postor remiso (art. 585 CPCC). En esa oportunidad se mandará entregar la posesión del
vehículo subastado, librándose oficio al Registro de Propiedad del Automotor para la toma de razón, en los términos de los
arts. 15 y 27 del Dto. Ley 6.582/58; y se dispondrá automáticamente la indisponibilidad del 95 % del precio obtenido, hasta
que se otorgue la transferencia correspondiente a favor del adquirente, salvo que la demora en la realización de estos
trámites le fueren imputables. Dejase constancia que la indisponibilidad no regirá respecto de los gastos de transferencia y
pago de impuestos y gastos de justicia (art. 581 del CPCC). Postor remiso: En caso incumplimiento del adquirente en la
subasta, este incurre en la situación de postor remiso, debiéndose adjudicar el bien al mejor de los postores siguiente que
hayan efectuado la reserva de postura. Deudas del bien: Posee deuda en el Impuesto Automotor $193.818,29 al
18/05/2026, Deuda de Infracciones no registra al 15/05/2026. El adquirente en subasta no deberá afrontar las deudas que
registra el vehículo, devengadas antes de la entrega del bien, cuando el monto obtenido en la subasta no alcance para
solventarlas, operándose la subrogación real de los privilegios respectivos sobre el precio obtenido. Junín, 21 de agosto de
2026. Pablo Adrian Paleta, Martillero Público.
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