Comienza: 29 de septiembre de 2026 12:00
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 1 a cargo de la Dr. Gustavo Daniel Caramelo Diaz, Secretaría única a cargo del Dr. Máximo Musich sito en la Av. De los Inmigrantes 1950, 4º piso. de Capital Federal, comunica por dos (2) días en los autos caratulados: “GRUPO BAIRES SRL y OTRO c/ QUISPE MONTOYA, SEGUNDINA Y OTROS s/ ejecución hipotecaria” Expte.: 61621/2018, hace saber el inicio del procedimiento de Subastas Electrónicas Judiciales (Acordada 15/25 CSJN) en el portal https://subastaselectronicasjudiciales.csjn.gov.ar, por intermedio del Martillero Eduardo Martin Almeyra, CUIT 20082728881, eduardomalmeyra@hotmail.com TEL. 1126636403, en la que se ha dispuesto la venta del 100% en pública subasta electrónica del inmueble sito en la calle EMILIO LAMARCA 5087/89/91 entre LADINES Y CABEZON de Capital Federal. Superficie 191,32 m2, medidas 8,66 x 22,13, ADCORPUS. Nomenclatura Catastral: Circ. 15, 83, sección 83, manz 180 B, parcela 8, matricula 15 -76008 Según constatación realizada, se trata de un inmueble de 4 (cuatro) ambientes con un garaje que se utiliza como depósito, cocina y una baño ocupado por el Señor Gutierrez como propietario. BASE: U$S115.000. VENTA AL CONTADO Y MEJOR POSTOR. Se hace saber al adquirente en subasta que podrá cancelar el precio de la obligación en dólares estadounidenses billetes o, mediante el pago en moneda de curso legal vigente a la cotización del dólar oficial del Banco Nación Argentina del día anterior a la subasta a la elección comprador. (Cuenta en dólares Nº 9887163131, CBU 0110025951098871631313 y cuenta en pesos Nº 9994106844, CBU: 0110025950099941068443). Registra deudas de AYSA por $ 5.954.429,60 a 09/2025. OSN no registra deuda. De Aguas Argentinas sin deuda. De AGIP a 07/2026 por $ 1.704.845,59. Queda prohibida la cesión y la compra en comisión. La subasta tendrá una duración de diez (10) días hábiles. Fecha de inicio 29 de septiembre de 2026 a las 12.00hs fecha de finalización 13 de octubre de 2026 a las 12.00 hs. pudiendo extenderse en el supuesto del art. 22 del Reglamento. Solo podrá ofertar en la subasta, quien se encuentre empadronado en el Registro de Subastas Electrónicas Judiciales e inscripto en esta subasta, con una antelación mínima de 3 (tres) días hábiles del comienzo del acto (fecha máxima de postores 24 septiembre de 2026 a las 12.00 horas). Para ser oferente, es requisito ineludible un depósito en garantía de U$S10.000 en cuenta judicial en dólares (Nº Cuenta: 9887203502 CBU: 0110025951098872035022 del incidente de Subasta Expte 61624/2018/1) y una vez aprobado el remate e integrado el precio, se procederá automáticamente a reintegrar las sumas ofrecidas en garantía a quienes no fueran compradores. COMPRADOR/ES: Quien o quienes resulten compradores serán informados directamente por el sistema de Subastas Electrónicas y una vez aprobado el remate deberán: a) acreditar el pago del precio en el expediente; b) acreditar el pago del 3% en concepto de comisión del martillero mediante transferencia a la cuenta CA U$S 293500383196201 y CBU 2850935220003831962013 del Banco MACRO; c) abonar el 0,25% de arancel de la CSJN según Acordada 10/99 en la cuenta corriente especial nº15923/8 pjn-0500/335. “Corte Suprema de Justicia de la Nación Dir. Adm. Dep. Ac. 10/99 CBU 0290005610000001592389; d) El comprador deberá constituir domicilio electrónico, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas en el art. 133 del Cod Proc y presentar ante la autoridad judicial competente, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la finalización, el comprobante de inscripción a la subasta, constancia del código de postor, constancia de transferencia del precio total y la documentación que, a criterio de la autoridad judicial, sea necesario acreditar. POSTOR REMISO. Podrá declararse ganador al segundo postor que hubiese realizado la segunda mejor oferta, si hubiese sido declarado postor remiso el primero y en caso de haber hecho expresa reserva de postura, en el acto de subasta. En tal caso, será debidamente notificado para que proceda a pagar el precio. Si no lo hiciere, se seguirá el procedimiento aquí descripto hasta que alguno de los oferentes, ratifique su oferta y abone el precio ofrecido siempre que la oferta sea igual o superior al 75% de la primer oferta. No corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas, lo cual no incluye a ninguna expensas para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de propiedad horizontal. EXHIBICIÓN: 9 y 10 de septiembre de 2026 de 15 a 17 hs. Publiquese por dos (2) días en el Boletín Oficial y en el diario La Prensa. Gustavo Daniel Caramelo Diaz Juez - Maximo Musich Secretario
e. 07/09/2026 N° 63840/26 v. 08/09/2026
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